LEY 10.333 – NÓMINA DE ESTUDIOS JURÍDICOS

Sres. socios, el Centro les acerca detalle de estudios jurídicos que han tomado decisiones con respecto a como actuar

legalmente en contra de la nueva ley de jubilaciones de la provincia votada a fines de diciembre 2015 (Ley 10.333).

Queremos dejar muy claro que la Comisión Directiva del Centro ve con total desagrado el atropello que nuestro

gobernador y legisladores realizan sobre pasivos aportantes a la Caja de Jubilaciones.


DETALLE:

ESTUDIO CARENA – MENVIELLE & ASOCIADOS (Transcripción textual acotada):
“.. llevaremos a cabo acciones en contra de la nueva ley de recorte jubilatorio, Nº 10.333.
Hemos optado por la vía ordinaria,es decir presentación administrativa previa ante la

Caja de Jubilaciones, y posterior juicio contencioso administrativo.-

 
Para ello requerimos a los clientes el otorgamiento de carta poder (que deberá ser certificada ante escribano),
fotocopia de DNI y del último recibo de haberes jubilatorios, y un monto para gastos del proceso.-
 
Los interesados pueden concurrir al Estudio en horario de 11:00 a 13:00hs. y de 14:30 a 17:30hs. de lunes
a viernes (en lo posible previo aviso telefónico) donde serán atendidos por profesionales que les explicarán
las implicancias de esta ley y la estrategia que se propone seguir.-
 
Quedamos a disposición, un cordial saludo,
  
Francisco M. Gordillo
Estudio Carena – Menvielle & Asociados
Corro Nº 309 – C.P. 5000 – Córdoba – Rep. Argentina
Tels. / Fax: 0351-4219321 / 4219299 / 422927

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ESTUDIO DR. ORTIZ MORÁN Y ASOCIADOS (Transcripción textual acotada):
                         (ATENCIÓN: esta acción se puede hacer antes que se produzca la ejecución del recálculo)


 ACCIÓN DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD pidiendo que no se aplique el recálculo de haberes previsionales

dispuesto por ley provincial 10.333
HONORARIOS DEL DR ORTIZ MORAN POR DEMANDA “ACCIÓN DECLARATIVA DE INSCONTITUCIONALIDAD”
PRESUPUESTO POR LABORES PROFESIONALES EVENTUALES (para grupos no inferiores a 15 personas)-

1.1 -Acción Declarativa de Inconstitucionalidad: $2.420.- por cada demandante de “Acción Declarativa de Inconstitucionalidad.

Este monto abarca hasta el dictado de la sentencia del TSJ, acogiendo o rechazando la acción.

 

 

 

1.2.- Si hubiere que presentar un Recurso Extraordinario ante la CSJN – sea porque se rechace la acción o se declare inadmisible -,
los honorarios ascenderán a $1.620 por cada demandante.

 

 
1.3.- Si se declara inadmisible el Recurso Extraordinario, y hubiere que presentar un Recurso Directo ante la CSJN,
cada demandante abonará $ 820,00 + PRORRATEO entre todos los demandantes por los Gastos de PASAJE EN AVIÓN a Bs. As.
para su presentación.-
Estos valores estarán sujetos a revisión, según las circunstancias que lo generan se extiendan en el tiempo, de manera que los
montos presupuestados se haya depreciado por la inflación.-
 
2.1- Si la Ley 10.333 es aplicada antes del inicio de la “Acción Declarativa de Inconstitucionalidad”, tendríamos que hacerle juicio a
la Caja de Jubilaciones. El primer paso, sería hacer el “Reclamo Administrativo: $500 + IVA por reclamo, pero con la carga de
presentación en la Caja por parte de cada interesado.
A partir de allí, LOS DEMÁS ACTOS PROCESALES SE IRÁN PRESUPUESTANDO A MEDIDA QUE FUEREN NECESARIOS
 
En todos los casos que fuere necesario abonar aportes al colegio de abogados, caja de abogados y/o tasa de justicia, y/u otros
gastos por el trámite judicial y/o administrativo, dichos rubros estarán a cargo de los interesados.-

REQUISITOS PARA INICIAR DEMANDA:
dos (2) ejemplares del recibo de DICIEMBRE 2015 y ENERO 2016 (verificar la legibilidad de los mismos)
fotocopia anverso y reverso del DNI.
Los mismos deben ser entregados PERSONALMENTE POR EL TITULAR, en el Estudio Jurídico del Dr. ORTIZ MORAN
sito en calle SUCRE 389, 5° piso “A”, de 09:00 a 14:00 hs
Correo electrónico  drortizmoran@gmail.com  miguel_ortizmoran@hotmail.com

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ESTUDIO JURÍDICO DR DIEGO CABALLERO (Transcripciòn textual acotada):

“…CONDUCTA PROCESAL A SEGUIR:

Impugnar  en Sede Administrativa toda liquidación de haberes que según
los criterios expuestos, implique un agravio o desconocimiento de
derechos adquiridos  al amparo de la legislación vigente al tiempo de
otorgamiento del beneficio. Las impugnaciones debieran presentarse por
ante la Caja, dentro de los cinco días hábiles posteriores a aquel en
que el Jubilado tome conocimiento de su liquidación de su  haber 
jubilatorio, a fin de evitar que la Caja y/o el Tribunal 
Contencioso-Administrativo interpreten que ha existido consentimiento  (
remisión del art.69 Ley 8024 – T.O. Dec. 40/09 ). Luego de agotada la
vía administrativa previa, se deberá presentar juicio ordinario
contencioso administrativo.

El costo de los honorarios profesionales por elaboraciòn de impugnacion
administrativa y recurso de reconsideraciòn hasta agotar vìa
administrativa es de $ 1500.- para jubilados y pensionados del Banco de
la Pcia de Cba.
Luego, en caso de presentarse demanda judicial, se acordaràn honorarios
judiciales y se informaràn gastos de iniciaciòn de demanda.


  Recordamos que la dirección es Santa Rosa 116, 2do Piso, Of. 7 –
Córdoba y el telefóno fijo es 0351-4226692.

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Apenas tengamos el comunicado de los siguientes estudios se los haremos llegar a ustedes.


DRA MARÍA I. MOLINA        A. M. Bas 51  Piso 5 oficina C y D teléfono 0351 4220809
 

DR GENTILE                       Caseros 628 –
                                        Teléfonos:
        • Córdoba : 54-351 – 4212209
        • Alta Gracia : 543547-430914
        • Bell Ville : 54-3534 – 412660
        • Río Cuarto : 54-358-4638478
        • San Francisco : 54-3564-434579
        • Villa Maria : 54-353-452327


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 CENTRO JUBILADOS Y PENSIONADOS  BCO CBA:

      Teléfono Centro 0351 5894020-5894021-5894022
      Correo Electrónico: jubilados.bancor@yahoo.com.ar
      Página web: www.centrojubiladosbpc.com.ar
      Domicilio: Belgrano 66 Piso 6